Toluca, Méx.- Padres y madres deben de compartir derechos y obligaciones dentro del hogar y en el cuidado de los hijos, establecen las reformas aprobadas por la 60 Legislatura mexiquense, que también avaló incrementar las licencias de paternidad y cuidados con goce de sueldo para servidores públicos y para que la Secretaría de Salud desarrolle programas que fomenten la atención integral de la mujer durante el embarazo, el parto, el puerperio o en emergencia obstétrica.
Entre las reformas para mejorar las condiciones de vida de las madres de familia en la entidad, los legisladores establecieron que los ayuntamientos deberán elaborar, al inicio de cada administración, un Programa Municipal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y facultaron a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México a crear un grupo especializado en materia de género que cuente con capacitación y función policial para identificar el contexto social de la violencia contra las mujeres.
La Legislatura también ha aprobado reformas para considerar como violencia laboral impedir el derecho a la lactancia materna a las trabajadoras, a la par de que en la actual Legislatura se inauguró la sala de lactancia del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México y, a través de la Unidad de Asistencia Social, se han impulsado actividades en favor de la salud femenina, como las campañas de realización de mastografías y conferencias de prevención y cuidados del cáncer de mama.
Sobre la violencia laboral hacia las mujeres también se incluye lo previsto en la Ley Federal del Trabajo respecto a la negativa a contratar a las mujeres o a respetar su permanencia o sus condiciones generales de trabajo por la exigencia de pruebas de embarazo, imposición de requisitos sexistas en la forma de vestir o exclusión de género en ciertos cargos por la edad.
En esta categorización se encuentran además la descalificación del trabajo, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación, el hostigamiento y acoso sexual y todo tipo de discriminación por condición de género, así́ como la prohibición para iniciar o continuar con actividades escolares o laborales.
En los referente a la representación de hombres y mujeres dentro de un concubinato, unión conyugal o divorcio y con el objetivo de fortalecer la igualdad entre géneros ante la ley, la 60 Legislatura avaló cambios en el Código Civil del Estado de México para establecer que no necesariamente la mujer la que se dedica a los quehaceres del hogar o al cuidado de los hijos.
Para el caso de los servidores públicos, la Legislatura avaló que disfruten de una licencia de paternidad con goce de sueldo íntegro de 10 días hábiles (que anteriormente era de cinco), con motivo del nacimiento o de la adopción de su hijo, así́ como otras licencias de mayor duración para el caso de complicaciones posparto que afecten a la madre o al recién nacido.

